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Control de legionelosis en Valdepeñas
El Real Decreto 865/2003 define las fuentes ornamentales (Anexo I.B) y los sistemas de riego por aspersión con agua no potable en el medio urbano (Anexo I.C) como instalaciones con probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella. Por esta razón, se hace necesario realizar un tratamiento de prevención y control de la legionelosis en dichos focos potenciales.
 

Aunque la legionelosis no es una plaga, se ha incluido dentro del Control de Plagas por su similitud con los tratamientos fitosanitarios, no sólo por el Programa de Control que establece la ley para su prevención y tratamiento, sino por los productos empleados y su manejo.

La Legionella es una enfermedad bacteriana de origen ambiental que puede ser adquirida en dos ámbitos, el comunitario y el hospitalario. En ambos casos la enfermedad puede estar asociada a varios tipos de instalaciones, equipos y edificios. Puede presentarse en forma de brotes y casos aislados o esporádicos.

La Legionella es una bacteria ambiental capaz de sobrevivir en un amplio intervalo de condiciones físico-químicas, multiplicándose entre 20 °C y 45 °C, destruyéndose a 70 °C. Su temperatura óptima de crecimiento es 35-37 °C. Su nicho ecológico natural son las aguas superficiales, como lagos, ríos, estanques, formando parte de su flora bacteriana.

El Real Decreto 865/2003 define las fuentes ornamentales públicas y los sistemas de riego por aspersión (de ámbito municipal, no privado) con agua no potable en el medio urbano como instalaciones con probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella. Por esta razón, se hace necesario realizar un tratamiento de prevención y control de legionelosis (LEGIONELA) en dichos focos potenciales. No obstante, la concejalía de Medio Ambiente contempla todos los puntos de riego potenciales, ya sean abastecidos con agua de red o de pozo.

 

La empresa encargada del control de la legionela en Valdepeñas realiza 1 vez al mes (de Mayo a Septiembre ambos inclusive) los controles analíticos pertinentes para ausencia/presencia de legionella pneumophila (según Anexos 2 y 3 del RD 865/2003), así como pH, nivel de cloro, Temperatura y turbidez, en fuentes ornamentales y riegos por aspersión, así como los tratamientos preventivos o correctivos necesarios, siempre en cumplimiento del citado RD.

Los controles analíticos para el recuento total de aerobios, así como los tratamientos preventivos o correctivos necesarios (en cumplimiento del RD 865/2003), se hacen trimestralmente en los riegos por aspersión, y semestralmente en fuentes ornamentales.

En las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario se puede utilizar cualquiera de los desinfectantes que para tal fin haya autorizado la Dirección General de Salud Pública. Los sistemas físicos y físico-químicos no precisan de autorización específica, pero deben ser de probada eficacia frente a Legionella y no suponer riesgos para la instalación ni para la salud y seguridad de los operarios ni otras personas que puedan estar expuestas, debiéndose verificar su correcto funcionamiento periódicamente. Su uso se ajusta, en todo momento, a las especificaciones técnicas y régimen de dosificación establecidos por el fabricante.

Todo el personal que trabaja en operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario, pertenezca a una entidad o servicio externo contratado o bien sea personal propio de la instalación, ha realizado los cursos que a tal efecto homologa el Ministerio de Sanidad y Consumo a propuesta de las comunidades autónomas correspondientes, de acuerdo con la Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del Real Decreto 909/2001, de 27 de julio.

Los tratamientos para la prevención y control de legionelosis se realizan de acuerdo a la normativa específica de aplicación, hoy el Real Decreto 865/2003 del Ministerio de Sanidad y Consumo por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

La empresa cumplimenta durante su cometido un LIBRO-REGISTRO para el control de los Programas de mantenimiento de las instalaciones (fuentes ornamentales y riegos por aspersión), tal y como define el artículo 8 del Real Decreto 865/2003:

    • Elaboración de un plano señalizado de cada instalación que contemple todos sus componentes, que se actualiza cada vez que se realiza alguna modificación. Se recogen en éste los puntos o zonas críticas en donde se debe facilitar la toma de muestras del agua.
    • Revisión y examen de todas las partes de la instalación para asegurar su correcto funcionamiento, estableciendo los puntos críticos, parámetros a medir y los procedimientos a seguir, así como la periodicidad de cada actividad.
    • Programa de tratamiento del agua que asegure su calidad. Este programa incluye productos, dosis y procedimientos, así como introducción de parámetros de control físicos, químicos y biológicos, los métodos de medición y la periodicidad de los análisis.
    • Programa de limpieza y desinfección de toda la instalación para asegurar que funciona en condiciones de seguridad, estableciendo claramente los procedimientos, productos a utilizar y dosis, precauciones a tener en cuenta, y la periodicidad de cada actividad.
    • Registro de mantenimiento de cada instalación que recoge todas las incidencias, actividades realizadas, resultados obtenidos y las fechas de paradas y puestas en marcha técnicas de la instalación, incluyendo su motivo.

La empresa encargada del control de la legionela en Valdepeñas debe cumplir siempre con lo exigido en la “GUÍA TÉCNICA PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS EN INSTALACIONES OBJETO DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL REAL DECRETO 865/2003” publicada por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, sin perjuicio de cumplir con futuras revisiones, correcciones o nuevas normativas que pudieran darse durante la vigencia del contrato en el ámbito de la prevención y control de la legionela en fuentes ornamentales y riegos por aspersión.

La empresa no realiza la LIMPIEZA y el MANTENIMIENTO de las fuentes y riegos por aspersión. Estas funciones las lleva a cabo el Ayto por medio de sus trabajadores o a través de la empresa de limpieza viaria y de interiores.

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